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Preguntas y respuestas sobre fondos sin ánimo de lucro

La Fundación ofrece dos tipos de fondos diseñados específicamente para las organizaciones sin ánimo de lucro que sirven al condado de Delaware: un fondo de dotación para organizaciones sin ánimo de lucro y un fondo de reserva para organizaciones sin ánimo de lucro.

¿Cuáles son las ventajas de tener un Fondo sin ánimo de lucro en la Fundación?

Optar por establecer un fondo sin ánimo de lucro en la Fundación proporciona a tu organización numerosas ventajas: el fondo tiene acceso a fondos de inversión bien diversificados y gestionados profesionalmente con gestores de inversiones de primera clase; los activos se transfieren legalmente a la Fundación, lo que añade una capa de protección de terceros para garantizar que el uso futuro de los activos sigue siendo coherente con el propósito original del fondo; y recibes asistencia técnica para donaciones importantes y/o complejas a tu organización. También puedes participar en nuestro Programa de Asociación de Donaciones Planificadas llave en mano.

¿Cuál es la principal diferencia entre un Fondo de Dotación y un Fondo de Reserva?

La principal diferencia son las circunstancias en las que tu organización puede acceder a los activos del fondo. Ambos tipos de fondos reciben una cantidad de gasto anual que está disponible para su distribución a tu organización. El importe se basa en una fórmula cuidadosamente calculada, denominada política de gasto, fijada actualmente en el 5% del saldo medio del fondo en los últimos 36 meses.

En el caso de un Fondo de Dotación sin ánimo de lucro, sólo se puede acceder a los activos del fondo que superen el importe de gasto anual en circunstancias de emergencia financiera o necesidad extrema, y sólo a petición del consejo de la organización y a discreción de la Fundación. Este tipo de fondo es adecuado para organizaciones que pretenden mantener los activos a perpetuidad al tiempo que proporcionan apoyo anual para programas y operaciones.

En el caso de un Fondo de Reserva sin ánimo de lucro, se puede acceder a los activos del fondo por encima del importe de gasto anual sin tener que demostrar circunstancias de emergencia financiera o necesidad extrema. Las distribuciones adicionales son solicitadas por la organización y se realizan a discreción de la Fundación. Debido a la naturaleza de los fondos de inversión, ten en cuenta que este fondo no está pensado para ser utilizado como una “cuenta corriente benéfica” a la que acceder regularmente, pero puede serlo si es necesario. Este tipo de fondo es adecuado para organizaciones que pretenden mantener activos a perpetuidad, pero quieren tener flexibilidad para acceder a todo el saldo del fondo.

¿Los dos tipos de fondos tienen diferentes comisiones anuales de apoyo?

No. El Fondo de Dotación sin Ánimo de Lucro y el Fondo de Reserva sin Ánimo de Lucro tienen una comisión del 1,0%.

Mi organización tiene actualmente un Fondo de Dotación con la Fundación. ¿Podemos convertirlo en un Fondo de Reserva?

No. Una vez creado un fondo, las condiciones originales del acuerdo del fondo de dotación no pueden reescribirse y convertirse en otro tipo de fondo. Sin embargo, una organización puede optar por crear un nuevo Fondo de Reserva No Lucrativo o convertir un Fondo de Reserva No Lucrativo en un fondo de dotación.

¿Puede mi organización tener tanto un Fondo de Dotación como un Fondo de Reserva?

Por supuesto. Las organizaciones pueden tener ambos tipos de fondos.

¿Qué ocurre si nuestra organización pierde su condición de organización sin ánimo de lucro o quiebra?

En caso de que tu organización deje de existir, pierda su condición de organización sin ánimo de lucro o la finalidad original del fondo pierda relevancia, el consejo de la Fundación mantiene el “poder de variación” (un requisito de todas las fundaciones comunitarias) para cambiar el beneficiario o la finalidad del fondo. Tu organización puede designar una organización beneficiaria “de contingencia” o un campo de interés al establecer el fondo.

¿Por qué es necesario que los activos del fondo pasen a ser propiedad de la Fundación?

Según la normativa de la Comisión del Mercado de Valores, una fundación comunitaria no puede gestionar activos que no posea, porque las fundaciones comunitarias no son asesores de inversión registrados. Una fundación comunitaria debe demostrar que conserva la propiedad legal de los activos que invierte, gestiona y administra.